Actualiza APIMEX a sus asociados acerca de las operaciones de comercio exterior del T-MEC

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Con la entrada en vigor del T-MEC, se establece la eliminación del formato del certificado de origen, de esta forma, tanto México, Canadá y Estados Unidos, pueden avalar la procedencia de una mercancía con algún documento comercial que indique que la mercancía es originaria, que la describa y que cumpla con los requisitos necesarios.

 

Tanto el exportador, el productor o el importador podrán expedir esta certificación de origen, sin embargo, en el caso de México, la implementación de la certificación de origen por el importador será dentro de tres años y seis meses posteriores al inicio del tratado.

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Cambios como este, surgen a partir del pasado 1 de julio, así lo compartió Roberto Serralde del despacho Basham en el webinar “Impactos del T-MEC en las operaciones de comercio exterior”, impartido como parte de las actividades de la Asociación de Empresas Proveedoras Industriales de México, APIMEX, para mantener informados y actualizados a sus asociados en temas empresariales y de negocios.

 

Durante su videoconferencia, Serralde explicó que a comparación del TLCAN, el T-MEC tuvo algunos cambios entre los que destacan parámetros como: eliminación del formato de certificado de origen, certificado en factura, implicaciones de errores, obligatoriedad de mantener los registros contables y reglamentaciones uniformes.  Además, hubo modificaciones respecto a términos aduaneros: se modificaron 19 capítulos, se incluyeron 8 capítulos nuevos, mientras que 7 capítulos permanecieron sin modificaciones.

 

Para el especialista, lo positivo del T-MEC es su modernización, que incluye el comercio electrónico, facilita el proceso aduanero, simplifica la operación aduanera y procesos de certificación, promueve la anticorrupción y la transparencia, ampara la propiedad intelectual, agrega un capítulo laboral que implica ajustes a leyes secundarias mexicanas y que vela por el bienestar de los trabajadores, se incorpora un capítulo sobre energía y se elimina la amenaza de estacionalidad agrícola, todo esto, con el objetivo de impulsar el comercio de los tres países.

 

Aunque el acuerdo comercial no impactó la dinámica actual de intercambio entre los tres mercados en el caso de las industrias textil y de calzado, se prevé que las compañías deban implementar cambios para cumplir con reglas de origen y leyes aduaneras.  En cuanto al calzado en específico, no se le modificó nada, así, se mantiene la importación a tasa cero de insumos así como las mismas reglas para exportar.

 

En cuanto a las reglas de origen para calzado Serralde destacó:

 

  • Se da un cambio a la partida 64.01 a 64.05 de cualquier partida fuera de ese grupo, excepto la subpartida 6406.10, cumpliendo con un valor de contenido regional no menor a 55% bajo el método de costo neto.
  • Un cambio a la subpartida 6406.10 de cualquier otra subpartida, excepto de la partida 64.01 a 64.05, cumpliendo con un valor de contenido regional no menor a 55% bajo el método de costo neto.
  • Un cambio a la subpartida 6406.20 a 6406.90 de cualquier otro capítulo.

 

Los requisitos para calzado:

  • Superior (subpartida 6406.10) debe ser formado en territorio T-MEC
  • El resto de los materiales extranjeros deben ser clasificados fuera de las partidas 6401-6405.
  • Permite suelas y otros componentes de las subpartidas 6406.20 y 6406.90
  • 55% valor de contenido regional bajo el método de costo neto.

 

Además, existen reglas de origen para el calzado que hay que contemplar.

 

Para el especialista, las empresas deben tener en cuenta varios puntos para cumplir con el T-MEC:

 

  • Tener identificados los cambios en materia de origen.
  • Asegurar un proceso interno sólido para la determinación del origen de sus productos.
  • Analizar alternativas existentes para calificación de origen.
  • Integrarse a la proveeduría regional (T-MEC).
  • Tener un formato propio de certificación de origen con los campos que requiere el tratado.

 

Asimismo, para consultar la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), Serralde recomendó revisar las páginas www.snice.gob.mx y www.bado.mx (Sitio donde pueden encontrar la aplicación “Tarifa empresarial”).

 

     

 

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